En el marco de las instituciones amparadas en los dispuesto por los artículos 78, 79 y 79 bis del Título 4 del Texto Ordenado de 1996, de conformidad con los artículos 358 y 359 de la Ley 19.149 y modificados por la Ley 19.996 del 3 de noviembre de 2021 y por los artículos 482 y 483 de la Ley N. 20.075 del 20 de octubre 2022 pueden presentarse para acceder a donaciones con beneficio
fiscal.
Según lo establecido en la normativa, las instituciones relacionadas a investigación que busquen recibir fondos de estas donaciones deben presentar al MEF proyectos de investigación donde se establezca el destino de los fondos a recibir por donaciones. Una vez que el MEF recibe las postulaciones, ANII evalúa la pertinencia de los proyectos en investigación.
Desde el 2016 la ANII colabora con el MEF informando respecto a la pertinencia de estos proyectos de investigación presentados.